El Consejo aprueba la Decisión Marco 2005/222/JAI realtiva a los ataques contra sistemas de información
La Decisión Marco, publicada el día 16 de marzo en el DOCE tiene por objeto el armonizar las legislaciones nacionales en materia penal respecto de los accesos a los sistemas de información.
La Decisión Marco conmina a los estados a establecer sanciones penales cuando se produzca un acceso intencionado sin autorización a un sistema de información, en parte o en su conjunto.
También cuando se obstaculice o interrumpa un sistema de información de manera significativa
introduciendo, transmitiendo, dañando, borrando, deteriorando, alterando, suprimiendo o haciendo inaccesibles datos nformáticos. Piensese en el caso de los ataques por envío masivo de solicitudes a un servidor que provocan denegaciones de servicio, etc.
También deberá ser sancionable penalmente en los estados miembros el
borrar, dañar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles datos informáticos contenidos en un sistema de información.
Establece la Decisión Marco la posibilidad de que estas conductas, al menos en sus variantes menos graves queden fuera de la sanción penal. ESto supone la intromisión de un concepto jurídico indeterminado de alcance comunitario ya que puede dar lugar a distorsiones en la regulación penal ya que no establece criterios en los que basar la gravedad de los hechos, si deben ser criterios de seguridad nacional, económicos en base al daño causado, etc.
La Decisión Marco también prevee la agravante cuando estos actos se cometan dentro de una organización delictiva, de acuerdo a la definición de la Acción Común 98/733/JAI
Asimismo que se deben adoptar las medidas necesarias apra poder exigir responsabilidad a las apersonas jurídicas por las infracciones mencionadas, cuando estas se hagan en su beneficio por personas actuando a titulo aprticular o como un órgano de la persona jurídica. Las sanciones que estableceran los estados miembros serán multas de carácter penal o administrativas y podran incluir otras sanciones como, las de
exclusión del disfrute de ventajas o ayudas públicas; prohibición temporal o permanente del desempeño de actividades comerciales; vigilancia judicial o
medida judicial de liquidación.
El plazo para adaptar la normativa de los estados miembros a esta Decisión Marco se fija en el día 17 de marzo de 2007.
David Maeztu Lacalle
Departamento de Nuevas Tecnologías
2005. Bufete de Abogados Ruiz de Palacios y Asociados
 Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons.
|